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Derecho de familia · Custodia compartida

Custodia compartida en Laguna de Duero. Lo que importa es el bienestar de tus hijos.

Te ayudamos a plantear un reparto del tiempo realista y bien argumentado, pensado para la vida diaria de tus hijos.

Despacho de abogado en Laguna de Duero

El juez decide siempre según el interés superior del menor (art. 92 del Código Civil).

¿Cuál es tu situación?

La custodia compartida funciona cuando el plan es sólido y realista.

Quiero pedir la custodia compartida

Preparamos un plan de parentalidad con horarios, colegio y logística que demuestre que es viable.

Mi expareja la pide y no estoy de acuerdo

Analizamos si existen razones objetivas, centradas en los menores, para otro modelo.

Tenemos compartida y no funciona

Si las circunstancias han cambiado, puede pedirse una modificación de medidas.

¿Quieres compartir la custodia de tus hijos?

Soy Víctor Gutiérrez Garzón, abogado en Laguna de Duero. Te ayudaré a plantear una custodia compartida realista y bien argumentada, pensada siempre en el bienestar de tus hijos.

La custodia compartida permite que los hijos convivan con ambos progenitores de forma equilibrada. El juez la valora según su interés y la capacidad de los padres para colaborar.

Te ayudamos a plantear un reparto del tiempo bien argumentado, con horarios, colegio y logística, y a defenderlo en el juzgado si es necesario.

Custodia compartida

  • Plan de parentalidad
  • Propuesta de reparto de tiempos y gastos
  • Solicitud en el divorcio o en una modificación de medidas
  • Defensa en juicio

Cómo te ayudamos

Te escuchamos con calma, revisamos tu documentación y te explicamos, sin tecnicismos, qué opciones tienes y qué consecuencias tiene cada una. Si decides seguir adelante, sabrás lo que cuesta antes de empezar y te informaremos de cada paso.

Cómo es el procedimiento

La custodia compartida puede pedirse en el divorcio o la separación, en el procedimiento de parejas no casadas o mediante una modificación de medidas.

El juez valora la relación de los hijos con cada progenitor, su opinión, la distancia entre domicilios y la capacidad de ambos para colaborar. Es habitual que se pida un informe al equipo psicosocial del juzgado.

Qué revisamos contigo.

01

El día a día

Horarios, distancia entre domicilios y colegio.

02

La implicación de cada uno

Quién se ha ocupado y cómo de los hijos.

03

La economía

Gastos, pensión y uso de la vivienda.

Prepara tu primera consulta.

No necesitas tenerlo todo para contactar. Te indicaremos qué documentación puede faltar.

Horarios laborales de ambos

Para diseñar un reparto viable.

Datos del colegio y actividades

Ubicación, horarios y quién acompaña.

Informes escolares o médicos

Si son relevantes para el caso.

Nóminas y declaración de la renta

Para valorar la pensión.

Sentencia o convenio anterior

Si ya existe una resolución.

Cómo te acompañamos.

01

Escuchamos tu caso

Nos cuentas tu situación con calma, desde la empatía y con total confidencialidad.

02

Valoramos las opciones

Analizamos la documentación y las circunstancias.

03

Acordamos los siguientes pasos

Te explicamos las alternativas, y su coste, de forma clara antes de empezar.

Tus dudas, sobre la mesa.

¿La custodia compartida es lo normal?

El Tribunal Supremo la considera la opción deseable siempre que sea posible y beneficie a los menores. Se valoran la relación con los padres, su implicación y la distancia entre domicilios.

Referencia: Art. 92 del Código Civil

¿Hay pensión de alimentos en custodia compartida?

Puede haberla, sobre todo si hay diferencia de ingresos entre los progenitores. Los gastos comunes también se reparten.

Referencia: Art. 93 del Código Civil

¿Qué pasa con la vivienda?

En custodia compartida el juez decide el uso de la vivienda atendiendo a las circunstancias. Puede limitarse en el tiempo o alternarse.

Referencia: Art. 96 del Código Civil

¿Se tiene en cuenta la opinión de los hijos?

Sí. El juez escucha a los menores con suficiente madurez y, en todo caso, a los mayores de doce años.

Referencia: Art. 92.6 del Código Civil

Información general orientativa. Cada caso requiere un estudio individual.

12años

El juez escucha a los hijos con suficiente madurez y, en todo caso, a los mayores de 12 años.