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Derecho de familia · Parejas no casadas con hijos

Custodia para parejas no casadas en Laguna de Duero. Los mismos derechos para tus hijos, estéis casados o no.

Si os separáis sin estar casados, también hay que decidir custodia, visitas y pensión. Te ayudamos a dejarlo por escrito y con validez judicial.

Despacho de abogado en Laguna de Duero

Los hijos tienen los mismos derechos haya o no matrimonio (art. 39 de la Constitución y art. 108 CC).

¿Cuál es tu situación?

Lo importante es que las condiciones para los hijos queden claras y se puedan exigir.

Nos separamos y no estábamos casados

Organizamos custodia, visitas, pensión de alimentos y uso de la vivienda, igual que en un divorcio.

Ya tenemos un acuerdo

Lo redactamos bien y pedimos su aprobación judicial para que sea exigible si un día se incumple.

No llegamos a un acuerdo

Planteamos la demanda de guarda y custodia y defendemos tu propuesta ante el juzgado.

¿Os separáis sin haber estado casados?

Soy Víctor Gutiérrez Garzón, abogado en Laguna de Duero. Te ayudaré a dejar por escrito la custodia, las visitas y la pensión de tus hijos, para que todo quede claro y sea exigible.

Los hijos de parejas no casadas tienen exactamente los mismos derechos. Un convenio aprobado por el juez da seguridad a ambos progenitores y, sobre todo, a los niños.

Te ayudamos a dejarlo por escrito y a que el juez lo apruebe, para que sea exigible si un día se incumple.

Parejas no casadas con hijos

  • Convenio de guarda, custodia y visitas
  • Pensión de alimentos y gastos extraordinarios
  • Uso de la vivienda familiar
  • Demanda si no hay acuerdo

Cómo te ayudamos

Te escuchamos con calma, revisamos tu documentación y te explicamos, sin tecnicismos, qué opciones tienes y qué consecuencias tiene cada una. Si decides seguir adelante, sabrás lo que cuesta antes de empezar y te informaremos de cada paso.

Cómo es el procedimiento

Si hay acuerdo, se presenta el convenio para su aprobación judicial, con informe del Ministerio Fiscal.

Si no lo hay, se tramita un procedimiento de guarda, custodia y alimentos, muy parecido a un divorcio contencioso, en el que pueden pedirse medidas provisionales mientras se resuelve.

Qué revisamos contigo.

01

Custodia y visitas

Con quién viven los hijos y cómo se reparte el tiempo.

02

Pensión de alimentos

Cuánto aporta cada uno y cómo se pagan los gastos extraordinarios.

03

La vivienda

Uso de la casa familiar en interés de los hijos.

Prepara tu primera consulta.

No necesitas tenerlo todo para contactar. Te indicaremos qué documentación puede faltar.

Nóminas y declaración de la renta

De los dos, si las tienes.

Gastos de los hijos

Colegio, comedor, actividades o salud.

Datos de la vivienda

Escritura o contrato de alquiler e hipoteca.

Acuerdos o mensajes previos

Si ya habéis pactado algo, aunque sea por escrito informal.

Cómo te acompañamos.

01

Escuchamos tu caso

Nos cuentas tu situación con calma, desde la empatía y con total confidencialidad.

02

Valoramos las opciones

Analizamos la documentación y las circunstancias.

03

Acordamos los siguientes pasos

Te explicamos las alternativas, y su coste, de forma clara antes de empezar.

Tus dudas, sobre la mesa.

¿Hace falta ir a juicio?

No necesariamente. Si hay acuerdo, se presenta para su aprobación judicial y queda con la misma fuerza que una sentencia.

Referencia: Art. 748 y 777 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

¿Quién se queda con la vivienda?

El juez puede atribuir el uso de la vivienda familiar en interés de los hijos menores, aunque la pareja no estuviera casada.

Referencia: Art. 96 del Código Civil

¿Tengo derecho a pensión compensatoria?

La pensión compensatoria del Código Civil está prevista para el matrimonio. En parejas no casadas hay que estudiar los pactos que existan y cada caso concreto.

Referencia: Art. 97 del Código Civil

¿La pensión de alimentos es igual que en un divorcio?

Sí. Se fija según las necesidades de los hijos y los medios de cada progenitor.

Referencia: Art. 93 y 146 del Código Civil

Información general orientativa. Cada caso requiere un estudio individual.

12años

Los hijos con suficiente madurez, y siempre los mayores de 12 años, deben ser escuchados antes de decidir sobre ellos.