Skip to main content

Derecho de familia · Modificación de medidas

Modificación de medidas en Laguna de Duero. Cuando la vida cambia, el convenio también puede cambiar.

Si tu sentencia de divorcio o tu convenio ya no se ajustan a la realidad, estudiamos si procede cambiarlos y cómo hacerlo.

Despacho de abogado en Laguna de Duero

Hace falta una alteración sustancial de las circunstancias (art. 90.3 y 91 CC; art. 775 LEC).

¿Cuál es tu situación?

No cualquier cambio sirve: tiene que ser relevante y duradero.

Han cambiado mis ingresos

Una bajada importante y no buscada de ingresos, o una subida de los del otro progenitor, puede justificar revisar la pensión.

Mi hijo quiere vivir conmigo

El juez escucha a los hijos con suficiente madurez y, en todo caso, a los mayores de doce años (art. 92 CC).

Hemos cambiado de ciudad o de horarios

Un traslado o un nuevo horario de trabajo puede obligar a reorganizar custodia y visitas.

¿Tu convenio ya no se ajusta a tu vida?

Soy Víctor Gutiérrez Garzón, abogado en Laguna de Duero. Te ayudaré a revisar las medidas de tu divorcio cuando cambian los ingresos, los horarios o las necesidades de tus hijos.

Las medidas de una sentencia de familia pueden modificarse si hay un cambio sustancial de circunstancias. Puede hacerse de mutuo acuerdo o, si no lo hay, ante el juzgado.

Analizamos si el cambio es suficiente para pedir una modificación y la planteamos de mutuo acuerdo o ante el juzgado.

Modificación de medidas

  • Estudio de la sentencia y del cambio producido
  • Modificación de pensión, custodia o visitas
  • Nuevo convenio de mutuo acuerdo
  • Procedimiento contencioso si no hay acuerdo

Cómo te ayudamos

Te escuchamos con calma, revisamos tu documentación y te explicamos, sin tecnicismos, qué opciones tienes y qué consecuencias tiene cada una. Si decides seguir adelante, sabrás lo que cuesta antes de empezar y te informaremos de cada paso.

Cómo es el procedimiento

Si hay acuerdo, se presenta un nuevo convenio para su aprobación judicial. Si no lo hay, se tramita un procedimiento de modificación de medidas en el que hay que probar el cambio sustancial de circunstancias.

Hasta que haya una nueva sentencia, siguen vigentes las medidas anteriores.

Qué revisamos contigo.

01

Lo que se acordó

La sentencia o el convenio vigentes.

02

Lo que ha cambiado

El hecho nuevo y desde cuándo.

03

Cómo acreditarlo

Documentos y pruebas del cambio.

Prepara tu primera consulta.

No necesitas tenerlo todo para contactar. Te indicaremos qué documentación puede faltar.

Sentencia y convenio actuales

Lo que está en vigor ahora mismo.

Nóminas y declaración de la renta actuales

Para comparar con la situación anterior.

Pruebas del cambio

Despido, nuevo contrato, traslado, informes escolares o médicos.

Gastos actuales de los hijos

Cómo han cambiado sus necesidades.

Comunicaciones con tu expareja

Si habéis intentado acordar el cambio.

Cómo te acompañamos.

01

Escuchamos tu caso

Nos cuentas tu situación con calma, desde la empatía y con total confidencialidad.

02

Valoramos las opciones

Analizamos la documentación y las circunstancias.

03

Acordamos los siguientes pasos

Te explicamos las alternativas, y su coste, de forma clara antes de empezar.

Tus dudas, sobre la mesa.

¿Puedo dejar de pagar la pensión mientras tanto?

No. La sentencia sigue vigente hasta que el juez la modifique. Dejar de pagar puede generar deuda e incluso responsabilidad penal.

Referencia: Art. 227 del Código Penal

¿Qué cambios justifican la modificación?

Cambios sustanciales, posteriores a la sentencia y no previstos en su momento, que afecten a los hijos o a la economía de los progenitores.

Referencia: Art. 90.3 y 91 del Código Civil

¿Se puede hacer de mutuo acuerdo?

Sí. Si estáis de acuerdo, se presenta un nuevo convenio para su aprobación judicial, que es más rápido y menos costoso.

Referencia: Art. 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

¿Se puede pasar a custodia compartida?

Sí, si se acredita que ha cambiado la situación y que es lo mejor para los hijos.

Referencia: Art. 92 del Código Civil

Información general orientativa. Cada caso requiere un estudio individual.

Hasta que el juez apruebe el cambio, la sentencia anterior sigue en vigor: no dejes de cumplirla.