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Derecho laboral · Salarios, finiquito y horas extra

Reclamación de salarios y finiquito en Laguna de Duero. Tu trabajo tiene que estar pagado.

Tu trabajo tiene que estar pagado. Si la empresa te debe nóminas, horas extra, pagas o el finiquito, revisamos qué te corresponde y cómo reclamarlo.

Despacho de abogado en Laguna de Duero

Revisa el finiquito antes de firmarlo: puedes firmarlo como «no conforme».

¿Cuál es tu situación?

Lo que te deben y cómo te lo deben marca la reclamación.

Me deben nóminas

Reclamamos las cantidades debidas más el 10 % de interés anual por mora (art. 29.3 del Estatuto de los Trabajadores).

No me pagan las horas extra

Las horas extraordinarias deben pagarse o compensarse con descanso. El registro de jornada es clave para probarlas (art. 34.9 ET).

Tengo dudas sobre el finiquito

Revisamos vacaciones no disfrutadas, pagas extra e indemnización antes de que lo firmes.

¿La empresa te debe dinero?

Soy Víctor Gutiérrez Garzón, abogado en Laguna de Duero. Te ayudaré a reclamar las nóminas, las horas extra o el finiquito que te deben, explicándote desde el principio qué te corresponde y cómo conseguirlo.

Las cantidades salariales pueden reclamarse durante un año. Revisar a tiempo nóminas, contrato y convenio permite saber exactamente qué se debe y reclamarlo con fundamento.

Los retrasos y los pagos incompletos son más habituales de lo que parece: nóminas atrasadas, pagas extra que no llegan, horas que no se pagan o un finiquito mal calculado.

Revisamos tus nóminas, tu contrato y el convenio colectivo aplicable para saber exactamente qué te deben, y reclamamos primero de forma amistosa y, si hace falta, en el juzgado.

Salarios, finiquito y horas extra

  • Revisión de nóminas, contrato y convenio colectivo
  • Cálculo del finiquito, vacaciones no disfrutadas y pagas extra
  • Reclamación de horas extraordinarias
  • Reclamación judicial con intereses por demora

Cómo te ayudamos

Te escuchamos con calma, revisamos tu documentación y te explicamos, sin tecnicismos, qué opciones tienes y qué consecuencias tiene cada una. Si decides seguir adelante, sabrás lo que cuesta antes de empezar y te informaremos de cada paso.

Cómo es el procedimiento

La reclamación empieza con la papeleta de conciliación ante la UMAC. Si la empresa no paga en ese acto, se presenta demanda de reclamación de cantidad ante el Juzgado de lo Social.

Si la empresa es insolvente o está en concurso, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) puede abonar salarios e indemnizaciones pendientes, con los límites que marca la ley.

Qué revisamos contigo.

01

Tus nóminas

Conceptos, categoría y lo que realmente se ha pagado.

02

Tu contrato y convenio

Salario y pluses que te corresponden.

03

Tu jornada

Horas trabajadas y registro horario.

Prepara tu primera consulta.

No necesitas tenerlo todo para contactar. Te indicaremos qué documentación puede faltar.

Nóminas

De los últimos 12 meses, si las tienes.

Contrato de trabajo

Y sus anexos o modificaciones.

Registro de jornada o cuadrantes

Para acreditar las horas trabajadas.

Finiquito propuesto

Mejor sin firmar.

Extractos bancarios

Para comprobar lo que has cobrado.

Cómo te acompañamos.

01

Escuchamos tu caso

Nos cuentas tu situación con calma, desde la empatía y con total confidencialidad.

02

Valoramos las opciones

Analizamos la documentación y las circunstancias.

03

Acordamos los siguientes pasos

Te explicamos las alternativas, y su coste, de forma clara antes de empezar.

Tus dudas, sobre la mesa.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar salarios que me deben?

Un año desde el día en que debieron pagarse. Una reclamación por escrito o la papeleta de conciliación interrumpen ese plazo.

Referencia: Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015), art. 59.2

¿La empresa tiene que pagar intereses por el retraso?

Sí. El interés por mora en el pago del salario es del 10 % anual de lo adeudado.

Referencia: Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015), art. 29.3

¿Cuántas horas extra me pueden pedir?

Como máximo 80 al año, salvo las necesarias para reparar siniestros o daños urgentes. Se pagan en la cuantía que fije el convenio o se compensan con descanso.

Referencia: Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015), art. 35

¿Qué incluye el finiquito?

Los salarios del último mes trabajados y no cobrados, la parte proporcional de las pagas extra y las vacaciones generadas y no disfrutadas. La indemnización por despido, si la hay, es un concepto distinto.

Información general orientativa. Cada caso requiere un estudio individual.

1año para reclamar

Las cantidades salariales se pueden reclamar durante un año desde que debieron pagarse. Después, la reclamación prescribe.