Soy Víctor Gutiérrez Garzón, abogado en Laguna de Duero. Te ayudaré a entender si el cambio de horario, salario o centro de trabajo es legal y qué opciones tienes antes de aceptarlo.
Las modificaciones sustanciales y los traslados deben justificarse y comunicarse con antelación. Puedes aceptarlos, impugnarlos o, en algunos casos, extinguir el contrato con indemnización.
Un cambio de condiciones puede trastocar tu vida personal y económica. La empresa solo puede imponerlo con causa y respetando un procedimiento.
Revisamos la comunicación de la empresa y te ayudamos a decidir: aceptar, impugnar el cambio o extinguir el contrato con indemnización.
Cambios de condiciones y traslados
- Revisión de la comunicación de modificación sustancial
- Impugnación ante el juzgado
- Extinción del contrato con indemnización
- Traslados y desplazamientos a otro centro de trabajo
Cómo te ayudamos
Te escuchamos con calma, revisamos tu documentación y te explicamos, sin tecnicismos, qué opciones tienes y qué consecuencias tiene cada una. Si decides seguir adelante, sabrás lo que cuesta antes de empezar y te informaremos de cada paso.
Cómo es el procedimiento
La empresa debe comunicar la modificación con 15 días de antelación y explicar sus causas. Puedes aceptarla, impugnarla en 20 días hábiles ante el Juzgado de lo Social o, si te perjudica, extinguir el contrato con una indemnización de 20 días por año, con un máximo de 9 mensualidades.
En los traslados que exigen cambiar de residencia, la indemnización por extinguir el contrato es de 20 días por año, con un máximo de 12 mensualidades.